El próximo 26 de agosto el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco determinará la condena que pagará Martín Pradenas por la violación y abuso sexual de cinco jóvenes y una niña. El caso, han señalado los jueces, se juzgó con perspectiva de género.
Martín Pradenas podría ser condenado a 41 años de cárcel por los delitos que cometió contra cinco jóvenes y una niña de 13 años. El caso más emblemático, el de la joven Antonia Barra que posterior a los hechos, en septiembre de 2019, se suicidó.
Antes de suicidarse, Antonia dejó claro que lo hacía porque no soportaba la vergüenza, que nadie le creería lo ocurrido. Que Martín Pradenas la había “penetrado carnalmente” sin su consentimiento, o sea, la había violado. Días antes de suicidarse -en octubre- la joven le contó al su ex pololo lo que le había pasado. Pero el joven no sólo no le creyó, sino también la insultó.
Así es, Antonia no estaba equivocada. Nadie le creería. La tragedia para la familia de Antonia tuvo sin embargo y paradójicamente el mejor escenario posible para conseguir justicia tres años después, en los días y meses que siguieron a su muerte.
Porque en octubre de 2019 el pueblo de Chile salió a las calles a decir “No son $30, son 30 años de abusos” y las mujeres, jóvenes y niñas a su vez, para exigir de una vez por todas, justicia para las miles de mujeres abusadas por un sistema laboral, educativo, judicial y doméstico que daba impunidad a sus agresores.
Así, el caso de Antonia nunca más cayó en el olvido. Se constituyó en un caso emblemático para las luchas de las mujeres que recuperaron impulso a partir de octubre de 2019.
¿Y qué es lo que dijo este sábado 6 de agosto de 2022 el tribunal respecto de este caso? Que su juicio fue realizado con perspectiva de género.
El tribunal reconoce así, implícitamente, que la justicia acepta permanente y sistemáticamente el argumento de los victimarios como atenuante o justificación para los abusos sexuales y las violaciones: “que ella se lo buscó”, “andaba calentando el tecito” “estaba borracha, por eso le pasó” “una niña decente no anda a esas horas de fiesta” “ni siquiera se resistió”.
O como dijo la defensa de Pradenas “Su señoría, aquí hay testimonios que debe haber estado muy contenta, alegre, como decía ella, estaba prendida. Hay un testimonio que es de Benjamín Morales, que dice que ella estaba en condiciones, es más, dice que baila con ella, y dice que se besaron la madrugada de esa fiesta, por lo tanto tenemos que entender que se fue por su voluntad de la disco, por sus medios, nadie la tira, nadie la empuja, nadie la secuestra”.
Durante el juicio de Pradenas, que comenzó este pasado 14 de junio de 2022- se logró demostrar el modus operandi de este abusador: abordar jóvenes y niñas- (desde 2010 a 2019 ) cuando estaban en situación de vulnerabilidad, sin el uso total de sus facultades para abusar sexualmente de ellas.
Este caso también es excepcional porque el victimario, hijo de una familia adinerada, con abogados de alto nivel, fue condenado por su conducta criminal desde 2010 a 2019.
Y aunque será, en este sentido probablemente, una isla en el desierto, permitirá a las mujeres entender, que no obstante su género y su condición social, cuando se transgrede el “no es no” contra ellas, se comete un crimen y toda argumentación machista y misógina en su defensa, del crimen, no es más que una agravante -y no un atenuante- a la hora de juzgar.
Los casos contra Pradenas
Pradenas fue condenado por “cuatro delitos de abuso sexual a mayor de 14 años, un delito de abuso sexual a menor de 14 años y dos delitos de violación. El caso de Antonia, señaló el juez en su sentencia “marcó la posibilidad que el resto de las otras víctimas contaran los otros hechos de violencia sexual de Martín Pradenas… dejando atrás, así, una eventual “normalización” de lo ocurrido y que pensaran que no les creerían”.
En el “Hecho 1”, correspondiente a la víctima de iniciales P.V.C.U., de 16 años a la edad, Pradenas fue condenado como autor de abuso sexual de mayor de 14 años.
En el “Hecho 2”, de la víctima T.V.D.R., también de 16 años, el sujeto fue condenado igualmente como autor de abuso sexual de mayor de 14 años.
Por otra parte, respecto del “Hecho 3”, correspondiente a la víctima C.P.C.U., de 13 años, Martín Pradenas fue condenado como autor del delito de abuso sexual de menor de 14 años.
En el “Hecho 4”, correspondiente a la víctima V.F.L.R., de 19 años, el acusado fue hallado culpable del delito de abuso sexual de mayor de 14 años.
Sobre el “Hecho 5”, de la víctima F.V.M.O., de 20 años, Pradenas fue también encontrado culpable de violación de mayor de 14 años.