Luego de tres días de frenesí legislativo, el proyecto que busca blanquear los asesinatos cometidos por la policía entró en un breve compás de espera. Naciones Unidos emitió una advertencia: la norma contraviene los estándares de los derechos humanos. De eso, las “mejoras” propuestas por el gobierno en el Senado nada cambian.
Algo quedó claro con el paquete de leyes represivas aprobadas en primer trámite en el Congreso durante esta semana. Son bastante irrelevantes. Con una excepción, por supuesto: el proyecto, bautizado por sus autores como “Ley Retamal”.
La moción fue ideada a la rápida por diputados de derecha, luego de la muerte trágica de un funcionario de Carabineros en San Antonio. El sargento Juan Carlos Retamal murió absurdamente debido a las lesiones causadas por un fierro que le lanzó un sujeto -con nexos ultraderechistas- que participaba en una carrera clandestina de autos, una práctica habitualmente tolerada, en el mejor de los casos, o protegida, en el peor, por la propia policía.
Su tramitación se realizó con una triquiñuela reglamentaria, fusionándola con otro proyecto de similar inspiración, luego de la publicitada muerte de la sargento Rita Olivares en Quilpué. La carabinera sufrió un fatal impacto de bala en medio de un tiroteo provocado, como informó la fiscalía ahora, por una “quitada de droga”, esto es, un conflicto entre bandas de narcotraficantes.
Olivares acudió con su patrulla al llamado de apoyo de otros funcionarios que ya estaban -no se ha explicado cómo y por qué- en el lugar. Según la versión oficial, los policías efectuaron 31 disparos; los delincuentes, sólo cinco. Sin embargo, la única muerta es la carabinera que se sumó con posterioridad a la extraña situación.
Para carabineros que, según se ha dicho, no cuentan con la protección legal para hacer uso de sus armas de fuego, el empleo de sus pistolas reglamentarias fue tan abundante -uno de ellos, incluso, debió insertar un cargador nuevo-, temerario -los enfrentamientos a tiros con simples monreros son poco frecuentes (y nada más que eso eran, se supone, en ese momento, los sospechosos)- como ineficaz. Son los imputados los que están ilesos, en lo que a impactos balísticos se refiere, mientras que es su colega la que está muerta.
Es muy conveniente, entonces, que los delincuentes se incriminen y traicionen entre ellos, porque, de lo contrario, la investigación de quién mató a la sargento Olivares debería considerar muchos más factores ¿verdad?
El proyecto fusionado “Retamal-Naín”, entonces, fue aprobado en la Cámara de Diputados y se votará el próximo martes en el Senado.
La Oficina de Derechos Humanos de Naciones Unidas para América Latina alertó que la propuesta no cumple con los estándares internacionales y aportó un detallado análisis. Ninguna palabra, ningún argumento, se ha escuchado de los legisladores con respecto a los graves planteamientos, formulados, desde luego, en un cuidadoso lenguaje diplomático.
Al revés, los pocos parlamentarios que han hecho ver sus reservas sobre esa ley que favorece los asesinatos legalizados, han empleado, no el estilo de la diplomacia, sino el de la pusilanimidad. Un diputado comunista habló de “mejoras” que se debían introducir al texto.
Y esas “mejoras” estarían contenidas en las indicaciones que el gobierno presentó ahora en el Senado.
Y es verdad. Uno de los cambios que propone, por ejemplo, es que los policías deben estar dotados de un armamento “adecuado”, y ya no de “ametralladoras”, como establece el texto aprobado en la cámara baja. Considerando que el simple peso de esas armas va de entre seis a más de 20 kilos, sin contar las municiones, la prudente generalidad de la palabra “adecuado”, sin duda, es mejor que la imposición de una exigencia física tan excesiva.
Pero en el fondo del asunto, es decir, si los pacos pueden matar y librar, nada cambia.
Hay que tener en cuenta una cosa. La licencia para asesinar que el proyecto impulsa no está en la letra de la ley.
No. La licencia para matar los pacos ya la tienen, y la usan cómo y cuándo quieren, diga lo que diga la ley.
Lo que busca el proyecto es facilitar la impunidad judicial de esos asesinatos. Para ello acude a un desaguisado jurídico, la llamada “legítima defensa privilegiada”, establecida en 1992, que ahora se extiende a las actuaciones de la policía. Se presume legalmente que, al matar a alguien, se cumplen los requisitos legales para no ser enjuiciado. Y se traslada la decisión de matar legalmente, sin castigo, sin culpa, a la evaluación subjetiva del asesino, no a la situación objetiva y real.
Si esto suena un poco complicado y abstracto, es porque está hecho para que sea así: enredado, oscuro, críptico. Ahí está la clave para que funcione la impunidad.
Las indicaciones del gobierno van por otra dirección, para llegar al mismo punto. “Se entenderá que hubo necesidad racional”, dice el texto elaborado por el ministerio del Interior, en el uso del arma para “defenderse”. Hegel estaría fascinado con esta idea de la “necesidad racional”.
Pero lo que quiere decir es, simplemente, que, cuando un carabinero asesine a una persona a sangre fría, sólo tiene que declarar que la víctima lo amenazó antes. Y sansecabó. “Se entiende” que fue así. No es muy distinto a lo que hacen ahora. Pero, pucha, que es más fácil zafar.
Como yapa, la indicación del gobierno impone que el causante de la muerte de otra persona “deberá ser considerado víctima o testigo, según corresponda”por la fiscalía.
Eso ya es chistoso. ¿Qué es lo que corresponde? Y, además, es absurdo, porque el testigo o la víctima tienen la obligación legal de declarar la verdad, a diferencia de un imputado, que puede guardar silencio para no incriminarse.
Lo importante de las enmiendas propuestas por el Ejecutivo -y por eso podrían aprobarse- es que traduce en la ley lo que a Carabineros concretamente le interesa: el paco asesino, si es que es, pese a todo, investigado, no podrá sufrir una reducción de sus remuneraciones, ni ser separado de sus funciones.
¡Eso era, pues!
La platita, como siempre.