El caso del director del INDH que violaba los derechos humanos

1er. Juzgado de Letras del Trabajo condenó en 30 millones de pesos al INDH por despido vulneratorio de derechos fundamentales a Jefe de Unidad, Osvaldo Torres Gutiérrez, acreditándose que fue despedido por no compartir posición con Sergio Micco sobre las violaciones a los DDHH durante el levantamiento.

Una verdadera paradoja. El que debía velar por el respeto de los derechos humanos se dedicaba a violarlos. Un clásico del régimen finalmente. Todo es de cartón. Porque claro, una cosa es decir que se tiene como labor fundamental proteger y enfrentar la defensa de los derechos de las personas, de la violación por parte del Estado, y otra es cumplir dicha función a cabalidad, o como se dice en buen chileno, otra cosa es con guitarra.

La historia va como sigue. Un hombre es contratado por el INDH para asumir el cargo de Jefe de Estudios. El hombre en cuestión accede al cargo por concurso público. La unidad de la que se hace cargo es la que elabora el informe anual de DDHH del organismo. Hasta acá se navega en calma. Pero a partir del 18 de octubre de 2019, todo cambia. En el contexto de las protestas sociales masivas a nivel nacional, con graves denuncias e información pública sobre violaciones de derechos por parte del Estado, la institución se tensiona fuertemente en lo interno evidenciando posiciones contrapuestas. Unos, no obstante las pruebas recogidas «in situ» optaban por la defensa de Piñera y el régimen. Otros, intentaron cumplir la labor esencial para la cual fueron creados.

El Jefe de la Unidad en cuestión es Osvaldo Torres Gutiérrez, un antropólogo social de vasta trayectoria. El director que le despidió es Sergio Micco, el burócrata cómplice. ¿Las razones? Varias. Fundamentalmente la posición contraria a la sostenida por Micco respecto del escenario de violaciones a los DDHH en el marco de las protestas sociales durante el estallido.

En cuanto a la elaboración del informe anual de 2019, a cargo del trabajador despedido en su cargo de jefe de Estudios, el fallo dice que: «luego de los los hechos que se vivían desde el 18 de octubre, el Consejo determinó el cambio los contenidos. Para ello se solicitó que la unidad cumpliera su tarea y elaborara la propuesta de informe anual sobre las violaciones a los derechos humanos, desde el 18 de octubre a esa fecha. Aprobada la propuesta, la unidad se dedicó a su elaboración para ser presentado por capítulos al Consejo. Sin embargo, encontrándose en este proceso, se enteró que existía un equipo paralelo contratado para elaborar el mencionado informe, de tres profesionales externos,
ajenos a la especialidad en derechos humanos, pero afines a las posiciones políticas de un sector de los consejeros, militantes o afines al sector de gobierno…»

La unidad a cargo de Torres elaboró el informe anual del INDH y a que lo adivinan de una, a Micco no le gustó que las conclusiones apuntaran a una violación sistemática y masiva de los derechos humanos. Había que bajarle el perfil al asunto. Hubo violaciones, ni modo, había que declararlo, pero ni masivas, ni sistemáticas. Con posterioridad a ello, Torres fue despedido, aludiendo el director la pérdida de la confianza.

Torres señaló en el juicio que le sorprendió que el Director Micco : «abiertamente expresara la causa del despido, el que fue por estar en desacuerdo con su pensar, con su opinión, con su disidencia en un momento excepcional de gestión del INDH. No obedecía a una mala evaluación, por ineficiencia o mala gestión, sino por no estar de acuerdo con planteamientos del Director de turno del organismo, encargado precisamente de velar por el respeto de los derechos humanos, entre otros, de él mismo, el de poder expresar su opinión y expresar disidencia internamente, sin sufrir represalia alguna».

Según da cuenta el fallo emitido por Primer Juzgado de Letras del Trabajo el demandante expuso que : «…. el informe inicial que su unidad emitió fundado en los antecedentes recabados por el propio INDH, en su rol de veedor, planteaba derechamente que existía una clara vulneración masiva y sistemática de los derechos humanos, con patrones represivos de violencia sexual y daños oculares, respaldadas por una serie de denuncias hechas por los afectados, por la constatación en terreno por parte del INDH y por los datos procesados por la Unidad de Estudios.»

Por su parte la Asociación Nacional de Defensores y Defensoras del Instituto Nacional de Derechos Humanos (Andedh) que había denunciado oportunamente la intervención de Micco en orden a ejecutar despidos de cargos de alta dirección pública como forma de intimidar a los trabajadores se mostró satisfecha con el fallo.

La Andedh declaró que: «el fallo es «contundente» ya que acogió el 100% del petitorio. Y reivindica la posición que la asociación ha tenido respecto de la dirección de Sergio Micco que es la de una dirección que ha hecho todo lo necesario para cuidar al gobierno de Sebastián Piñera, suavizando sus datos y posturas sobre la gravedad de la situación de los derechos humanos en Chile. Esta es una práctica institucional y recurrente de la dirección, la de vulnerar los derechos fundamentales de sus trabajadores, despidiendo personas por motivos políticos. Interviniendo los equipos con asesores sin experiencia en la materia, instalando estructuras paralelas a los equipos de planta y faltando a las normas en numerosos procesos de movilidad y presupuestarios y castigando a aquellos que expresan libremente sus opiniones en la institución. En estas condiciones, ¿puede ser director del INDH quien atenta contra los derechos humanos de sus propios trabajadores y trabajadoras?«